Hace unas semanas, el actor Santi Millán fue víctima de la filtración de un vídeo de índole sexual que corrió como la pólvora por las redes sociales. Lo cierto es que no hace falta ser una persona conocida para que esto pueda ocurrir. No obstante, hay que tener en cuenta que compartir o difundir vídeos o imágenes íntimos sin autorización de la persona o personas que aparecen en los mismos es delito. También el hecho de reenviarlos (si, por ejemplo, te llega por Whatsapp).

Penas de cárcel y multas

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En este hilo de Twitter, la catedrática de Derecho Penal, Paz Lloria, resume las distintas situaciones a las que una persona se puede enfrentar si comparte un contenido íntimo (vídeo o imagen) sin consentimiento. 

Difusión Contenido Íntimo Redes Sociales

En el caso de que una persona difunda una imagen o vídeo sexual sin consentimiento puede enfrentarse a penas de cárcel que van desde los tres meses hasta los cinco años, dependiendo de cómo haya sido la situación. 

  • Descubrimiento de secreto. Lloria destaca la siguiente situación: “Si A y B se graban teniendo sexo o en cualquier actitud íntima, y luego un tercero obtiene esas imágenes sin permiso y se apodera de ellas, comete un delito de descubrimiento de secreto, que se castiga con pena de 1 a 4 años de prisión y multa de 12 a 24 meses (art. 197.1 del Código Penal)”.
  • Revelación de secretos. “Si, además de tenerlo bajo su propiedad, lo difunde a otras personas, la pena podría aumentar de 2 a 5 años de prisión. Si, por el contrario, esas mismas imágenes llegan a otra persona y las comparte sabiendo que se consiguieron sin permiso, la pena iría de 1 a 3 años y multa de 12 a 24 meses”.
  • 'Sexting' ajeno. “Si el que difunde tiene las imágenes con permiso para disfrutarlas pero no para difundirlas, el delito es de difusión no consentida de imágenes íntimas o 'sexting' ajeno. La pena es de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 12 meses (artículo 197.7)”, señala la catedrática en Twitter.
  • Reenviarlos por redes sociales. Este último caso se ha incluido recientemente en el Código Penal a través de la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual en la que se establecen castigos de 1 a 3 meses de cárcel si dicho contenido se reenvía a otros de forma masiva.

Los riesgos del ‘sexting’ en jóvenes

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La difusión de un contenido sensible sin consentimiento es uno de los riesgos del ‘sexting’, es decir, el envío de imágenes, vídeos o mensajes sexuales a otra persona mediante un dispositivo móvil. Se trata de una práctica habitual entre los jóvenes, tal y como explica este vídeo del INCIBE que muestra las razones que les llevan a hacerlo.

Sexting Jóvenes

No obstante, y aunque es una práctica legal (siempre que existe consentimiento por ambas partes), es importante informar de todos los riesgos a los que los adolescentes se pueden exponer cuando envían una fotografía o imagen íntima a través de su móvil o por las redes sociales. Para ello, el INCIBE cuenta con diverso material didáctico para utilizar en casa o en el aula en el que se responde a distintas dudas a las familias: qué hacer si se filtra un contenido sensible o actividades con casos reales de ‘sexting’ que pueden servir de ejemplo para que los jóvenes conozcan todas las consecuencias de llevarlo a cabo, entre otras cuestiones.

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Laura Román

Periodista cultural con gran interés en la educación y la innovación tecnológica en las aulas. El futuro pasa por la tecnología y ya está aquí. ¿Te lo cuento?